San Luis Potosí aprueba la Ley Ingrid para servidores públicos
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- El Congreso de San Luis Potosí aprobó una reforma al Código Penal para criminalizar la difusión ilegal de imágenes o videos de víctimas. El Exprés SLP Antena San Luis Astrolabio SLP
- La nueva normativa establece penas de tres a ocho años de prisión para los servidores públicos que filtren material sensible de delitos. El Exprés SLP Antena San Luis Astrolabio SLP
- Las sanciones pueden aumentar hasta los doce años de prisión si la víctima es mujer, niña, niño o adolescente. Antena San Luis Astrolabio SLP
- Las penas también se incrementarán si el contenido se difunde en redes sociales con fines de lucro. El Exprés SLP Antena San Luis
Titular y resumen sintetizados con IA a partir de 3 notas de 3 medios, con la nota que respalda cada afirmación enlazada arriba. El titular original de cada medio se conserva íntegro en la lista de coberturas. Cómo lo hacemos
Contexto por entidad
- San Luis Potosí: El Congreso estatal aprobó la reforma al Código Penal que tipifica la difusión de imágenes de víctimas.— El Exprés SLP · Antena San Luis · Astrolabio SLP“La LXIV Legislatura de San Luis Potosí aprobó una reforma al Código Penal estatal, adicionando el artículo 342 BIS para criminalizar la difusión ilegal de imágenes o videos de víctimas.”
Cobertura más reciente
Tipifican en SLP la difusión ilegal de imágenes de víctimas
El Exprés SLP · actualizado hace 2 h
Primera cobertura
Aprueban versión local de la ley Ingrid contra servidores públicos en SLP
Astrolabio SLP · actualizado hace 5 h
Cómo cubre la prensa esta historia
De las 4 coberturas que NewsRadar analizó para esta historia, 4 coberturas neutrales: el tratamiento dominante es neutral.
Fuentes que cubren esta historia
Cobertura relacionada según nuestro monitoreo. NewsRadar resume la conversación y enlaza a los medios originales.
Tipifican en SLP la difusión ilegal de imágenes de víctimas
La LXIV Legislatura de San Luis Potosí aprobó una reforma al Código Penal estatal, adicionando el artículo 342 BIS para criminalizar la difusión ilegal de imágenes o videos de víctimas. Conocida como la 'Ley Ingrid', la normativa impone penas de tres a ocho años de prisión a servidores públicos que filtren material sensible relacionado con delitos o fallecimientos. Las sanciones aumentarán si las víctimas son mujeres o menores, o si el contenido se difunde en redes sociales con fines de lucro, buscando proteger la dignidad y privacidad de las víctimas y sus familiares.
Leer en el medio originalCongreso de SLP aprueba Ley Ingrid: penas hasta 12 años por filtrar imágenes de cadáveres
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó una reforma al Código Penal local que crea el artículo 342 BIS para sancionar a servidores públicos que filtren, compartan o comercialicen material audiovisual o documentos relacionados con cadáveres de hechos delictivos. La ley establece penas de tres a ocho años de prisión, que pueden aumentar hasta 12 años en casos agravantes, como cuando la víctima es menor de edad o el contenido se difunde con fines de lucro. Esta iniciativa busca proteger la dignidad de las familias de las víctimas y preservar la confidencialidad de las investigaciones criminales.
Leer en el medio originalAprueban versión local de la ley Ingrid contra servidores públicos en SLP
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó una reforma al Código Penal que establece una versión local de la 'Ley Ingrid' para sancionar a servidores públicos que filtren o difundan imágenes, audios o documentos de cadáveres vinculados a delitos. La nueva normativa incorpora el artículo 342 BIS, con penas de tres a ocho años de prisión, que pueden aumentar hasta doce años si la víctima es mujer, niña, niño o adolescente. La medida busca proteger la dignidad de las víctimas y la confidencialidad de las investigaciones criminales, tras analizar precedentes judiciales sobre la materia.
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