Editorial·Excelsior·Hace 4 d
Artículo 84
El sexenio acaba de traspasar su segundo año y ha entrado, en términos de lo que establece la Constitución, en un tiempo en que la eventual ausencia de quien ocupa el Ejecutivo puede ser resuelta por el Congreso de la Unión sin necesidad de convocar a una elección extraordinaria.
Constitución PolíticaCongreso de la UniónPascual Ortiz RubioPresidencia
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