Vacaciones del SAT 2026: estos trámites se suspenden del 20 al 31 de julio
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- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció su primer periodo vacacional general para 2026, programado del 20 al 31 de julio.
- Durante este lapso, se suspenderá el cómputo de diversos plazos y términos administrativos legales.
- No obstante, la autoridad aclaró que los servicios electrónicos, las declaraciones y los pagos seguirán vigentes.
- Los contribuyentes deberán cumplir con sus obligaciones fiscales en las fechas establecidas, ya que la suspensión solo afecta a procedimientos administrativos sujetos a días hábiles.
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Vacaciones del SAT 2026: estos trámites se suspenden del 20 al 31 de julio
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció su primer periodo vacacional general para 2026, programado del 20 al 31 de julio. Durante este lapso, se suspenderá el cómputo de diversos plazos y términos administrativos legales. No obstante, la autoridad aclaró que los servicios electrónicos, las declaraciones y los pagos seguirán vigentes. Los contribuyentes deberán cumplir con sus obligaciones fiscales en las fechas establecidas, ya que la suspensión solo afecta a procedimientos administrativos sujetos a días hábiles.
Leer en el medio originalVacaciones del SAT 2026: fechas oficiales y trámites que no estarán disponibles
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció su periodo vacacional para 2026, programado del 20 al 31 de julio. Durante este lapso, se suspenderán los plazos y términos administrativos para procedimientos que dependen de la actuación de la autoridad. No obstante, se advierte a los contribuyentes que las obligaciones fiscales, como el pago de impuestos y la presentación de declaraciones, no se suspenden y deben cumplirse en las fechas previstas. Los servicios electrónicos permanecerán disponibles.
Leer en el medio originalVacaciones del SAT 2026: fechas oficiales y trámites que no estarán disponibles
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció su periodo vacacional para 2026, programado del 20 al 31 de julio, según lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal. Durante este lapso, se suspenderán los plazos y términos administrativos para diversos procedimientos legales. No obstante, se advierte a los contribuyentes que las obligaciones fiscales, como la presentación de declaraciones y el pago de impuestos, no se suspenden y deben cumplirse en las fechas previstas. Los servicios digitales permanecerán operativos.
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