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SCJN niega amparo a Calica y valida a la Marina como Guardia Costera en puertos del país

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  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Secretaría de Marina (Semar) tiene la facultad legal de ejercer funciones de guardia costera en recintos portuarios.
  • La resolución surge tras un amparo interpuesto por la empresa Calizas Industriales del Carmen (Calica) relacionado con el acceso a sistemas de videovigilancia.
  • Los ministros concluyeron que, tras la reforma al artículo 129 constitucional, las autoridades militares pueden desempeñar las funciones previstas en la ley durante tiempos de paz.

Resumen sintetizado con IA a partir de 3 notas de 3 medios. El titular es el que publicó el medio de origen. Cómo lo hacemos

Cómo se propagó la cobertura

Esta historia se publicó primero en medios nacionales, en La Jornada; de ahí alcanzó la prensa local con El Tiempo Monclova 5 h después.

  1. Nacional

    La Jornada

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Cómo cubre la prensa esta historia

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Se reúne SCJN con la Marina; respalda sus funciones de Guardia Costera

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se reunió con la Secretaría de Marina para tratar las funciones constitucionales y la seguridad marítima. Tras una reforma constitucional, la Corte resolvió en un amparo que las funciones de la Marina como Guardia Costera en recintos portuarios no violan el artículo 129 de la Constitución. El fallo aclara que las autoridades militares pueden ejercer las funciones establecidas por ley en tiempos de paz, siempre que el Congreso determine sus atribuciones para mantener la seguridad marítima.

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La Jornada
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SCJN niega amparo a Calica y valida a la Marina como Guardia Costera en puertos del país

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó por unanimidad un amparo interpuesto por Calizas Industriales del Carmen (Calica) contra las facultades de la Armada de México para actuar como Guardia Costera. El fallo valida las atribuciones navales para realizar vigilancia e inspecciones en zonas marinas y portuarias, tras las reformas constitucionales sobre las funciones militares en tiempos de paz. Aunque la ley impugnada fue abrogada, la Corte resolvió el fondo para atender asuntos pendientes derivados de una solicitud de acceso a cámaras de vigilancia en un puerto de Quintana Roo.

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SCJN valida funciones de la Marina como guardia costera en puertos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Secretaría de Marina (Semar) tiene la facultad legal de ejercer funciones de guardia costera en recintos portuarios. La resolución surge tras un amparo interpuesto por la empresa Calizas Industriales del Carmen (Calica) relacionado con el acceso a sistemas de videovigilancia. Los ministros concluyeron que, tras la reforma al artículo 129 constitucional, las autoridades militares pueden desempeñar las funciones previstas en la ley durante tiempos de paz.

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