Revoca Corte veto a mariguana en alimentos para autoconsumo
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- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la prohibición de la COFEPRIS sobre el uso de marihuana en alimentos destinados al autoconsumo.
- Por una mayoría de siete votos contra dos, los ministros determinaron que, al haberse eliminado la prohibición absoluta del consumo recreativo, los individuos pueden elegir su método de ingesta en el ámbito privado.
- Aunque la Corte validó la facultad de la COFEPRIS para regular productos industriales y comerciales, estableció que la preparación de alimentos en el hogar para uso personal no puede ser restringida bajo el principio de libre desarrollo de la personalidad.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la prohibición de la COFEPRIS sobre el uso de marihuana en alimentos destinados al autoconsumo. Por una mayoría de siete votos contra dos, los ministros determinaron que, al haberse eliminado la prohibición absoluta del consumo recreativo, los individuos pueden elegir su método de ingesta en el ámbito privado. Aunque la Corte validó la facultad de la COFEPRIS para regular productos industriales y comerciales, estableció que la preparación de alimentos en el hogar para uso personal no puede ser restringida bajo el principio de libre desarrollo de la personalidad.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la prohibición de la COFEPRIS sobre el uso de marihuana en alimentos para autoconsumo. Por una mayoría de siete votos contra dos, los ministros determinaron que, al haberse eliminado la prohibición del consumo recreativo, los individuos pueden elegir su vía de ingesta en el ámbito privado. La resolución distingue la cocina doméstica de la producción industrial o comercial, la cual sigue regulada. Aunque algunos ministros expresaron preocupación por la salud y los menores, la mayoría se basó en el principio de libre desarrollo de la personalidad.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la prohibición de la COFEPRIS sobre el uso de marihuana en alimentos para autoconsumo. Por una mayoría de siete votos contra dos, los ministros determinaron que, al haberse eliminado la prohibición absoluta del consumo recreativo, los individuos pueden elegir su vía de ingesta en el ámbito privado. La resolución distingue la cocina doméstica de la producción industrial o comercial, la cual sigue regulada. Aunque hubo preocupaciones sobre la salud y menores de edad, la mayoría se basó en el principio de libre desarrollo de la personalidad.
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