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¿Qué pasa si mi hijo falta mucho a la escuela? ¿Puede reprobar?

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  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad del modelo de evaluación de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para educación básica.
  • La resolución aclara que las escuelas no pueden reprobar automáticamente a los alumnos solo por no cumplir con un 80% de asistencia, priorizando el desarrollo integral.
  • No obstante, los estudiantes aún pueden reprobar si no acreditan cinco o más materias.
  • Esta decisión aplica tanto a escuelas públicas como privadas incorporadas a la SEP, enfatizando procesos de regularización en lugar de la repetición automática. El Imparcial

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¿Qué pasa si mi hijo falta mucho a la escuela? ¿Puede reprobar?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad del modelo de evaluación de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para educación básica. La resolución aclara que las escuelas no pueden reprobar automáticamente a los alumnos solo por no cumplir con un 80% de asistencia, priorizando el desarrollo integral. No obstante, los estudiantes aún pueden reprobar si no acreditan cinco o más materias. Esta decisión aplica tanto a escuelas públicas como privadas incorporadas a la SEP, enfatizando procesos de regularización en lugar de la repetición automática.

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