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Suprema Corte falló a favor de los concubinos y eliminó el requisito de tener 5 años comprobables de relación o hijos en común para pedir la pensión

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  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el requisito de exigir cinco años de concubinato o tener hijos para solicitar una pensión de viudez ante el IMSS.
  • El Pleno determinó que esta exigencia representa un trato discriminatorio por estado civil y vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
  • Aunque los solicitantes deberán seguir acreditando la existencia de la relación, el plazo de cinco años ya no podrá usarse como un impedimento absoluto.
  • La sentencia establece un precedente obligatorio para futuros procesos judiciales. Almomento.mx

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Falla SCJN a favor de los concubinos y eliminó el requisito de tener 5 años comprobables de relación o hijos en común para pedir la pensión

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el requisito de exigir cinco años de concubinato o tener hijos para solicitar una pensión de viudez ante el IMSS. El Pleno determinó que esta exigencia representa un trato discriminatorio por estado civil y vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Aunque los solicitantes deberán seguir acreditando la existencia de la relación, el plazo de cinco años ya no podrá usarse como un impedimento absoluto. La sentencia establece un precedente obligatorio para futuros procesos judiciales.

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Suprema Corte falló a favor de los concubinos y eliminó el requisito de tener 5 años comprobables de relación o hijos en común para pedir la pensión

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el requisito de exigir cinco años de concubinato o tener hijos en común para solicitar una pensión por viudez ante el IMSS. El Pleno determinó que dicha exigencia representa un trato discriminatorio por estado civil, al no aplicarse de la misma forma al matrimonio. Aunque el fallo sienta un precedente obligatorio para jueces, los solicitantes deberán seguir acreditando fehacientemente la existencia de la relación de convivencia.

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