¡Atención, patrones! El IMSS exigirá sólo la e.firma para realizar movimientos afiliatorios
- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció una transición en sus procesos de autenticación digital, sustituyendo el NPIE y sus propios certificados por la e.firma del SAT como único certificado electrónico válido.
- El cambio, publicado en el Diario Oficial de la Federación, busca unificar la identificación digital para trámites afiliatorios.
- Los empleadores y representantes legales cuentan con un periodo de transición de 90 días para adaptarse al nuevo esquema, que incluye el uso del Escritorio Virtual para autorizaciones mediante la e.firma.
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IMSS elimina el NPIE: la e.firma será obligatoria
viernes 17 de jul · 3 fuentes · 3 artículos
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IMSS elimina el NPIE y establece la e.firma para trámites digitales
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¡Atención, patrones! El IMSS exigirá sólo la e.firma para realizar movimientos afiliatorios
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IMSS elimina el NPIE y establece la e.firma para trámites digitales
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció una transición en sus procesos de autenticación digital, sustituyendo el NPIE y sus propios certificados por la e.firma del SAT como único certificado electrónico válido. El cambio, publicado en el Diario Oficial de la Federación, busca unificar la identificación digital para trámites afiliatorios. Los empleadores y representantes legales cuentan con un periodo de transición de 90 días para adaptarse al nuevo esquema, que incluye el uso del Escritorio Virtual para autorizaciones mediante la e.firma.
Leer en el medio original¡Atención, patrones! El IMSS exigirá sólo la e.firma para realizar movimientos afiliatorios
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció un cambio regulatorio que exigirá a los patrones el uso exclusivo de la e.firma emitida por el SAT para realizar trámites de afiliación electrónicos. Esta medida sustituye al NPIE y a los certificados digitales emitidos anteriormente por el propio instituto, los cuales quedarán sin efecto. Además, la vinculación de representantes legales deberá realizarse únicamente mediante el Escritorio Virtual. Se ha establecido un periodo de transición de 90 días naturales tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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