Reforman Código Civil del Estado para acreditar la CURP biométrica como identificación de personas menores de edad
- El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó una reforma al Código Civil para reconocer la CURP con datos biométricos como un medio de identificación legalmente válido para personas menores de edad.
- La medida tiene como objetivo principal alinear la legislación estatal con las directrices federales y los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- La cobertura de la noticia ha sido uniforme entre los medios locales y nacionales, manteniendo un tono neutral y centrándose en el cumplimiento normativo de la reforma.
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Rosy Ramales
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Reforman Código Civil del Estado para acreditar la CURP biométrica como identificación de personas menores de edad
El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó una reforma al Código Civil para reconocer la CURP con datos biométricos como un medio válido para acreditar la identidad de menores de edad. Esta medida busca alinear la legislación estatal con las directrices federales y los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Asimismo, la reforma excluye a la cédula profesional de los documentos de identificación para menores, aclarando que su función es validar el ejercicio profesional.
Leer en el medio originalAvalan en Oaxaca acreditar la CURP biométrica como identificación de menores
El Congreso de Oaxaca aprobó una reforma al Código Civil estatal para establecer la CURP con datos biométricos como un medio de identificación legal válido para menores de edad. La medida busca alinear la normativa local con las directrices federales y con un criterio reciente de la Suprema Corte que determina que la cédula profesional no es una identificación oficial general. La reforma pretende brindar certeza jurídica y garantizar el derecho a la identidad en la entidad.
Leer en el medio originalReforman Código Civil del Estado para acreditar la CURP biométrica como identificación de personas menores de edad (11:00 h)
El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó una reforma al Código Civil para reconocer la CURP con datos biométricos como identificación válida para menores de edad. El cambio legislativo alinea la normativa estatal con las directrices federales y criterios de la Suprema Corte, que determinaron que la cédula profesional no es un documento de identidad general. La reforma busca brindar certeza jurídica al establecer la CURP biométrica, actas de nacimiento y credenciales educativas como medios oficiales de identificación para menores.
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El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó una reforma al Código Civil para reconocer la CURP con datos biométricos como un medio válido de identificación para menores de edad. Esta medida busca alinear la legislación estatal con las directrices federales y los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Asimismo, la reforma excluye la cédula profesional de los documentos de identidad para menores, aclarando su función técnica. El objetivo es brindar certeza jurídica y garantizar el derecho a la identidad mediante datos biométricos.
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El Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Civil para reconocer la CURP con datos biométricos como una identificación legal válida para menores de edad. El cambio legislativo alinea la normativa estatal con las directrices federales y criterios de la Suprema Corte, que determinó que la cédula profesional no es un documento de identidad general. La reforma busca brindar certeza jurídica al establecer la CURP biométrica, actas de nacimiento y credenciales educativas como medios oficiales para acreditar la identidad de los menores.
Leer en el medio originalReforman Código Civil del Estado para acreditar la CURP biométrica como identificación de personas menores de edad
El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó una reforma al Código Civil para reconocer la CURP con datos biométricos como un medio válido de identificación para menores de edad. Esta medida busca alinear la legislación estatal con las directrices federales y criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Asimismo, la reforma excluye a la cédula profesional de los documentos válidos para acreditar la identidad de menores, precisando su función técnica como patente profesional.
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